Condiciones Generales de Arrendamiento

Recuerde que para arrendar embarcaciones es imprescindible estar en posesión del título correspondiente y presentarlo en el momento de la transacción.

Solo podemos garantizar la disponibilidad de una embarcación si previamente ha realizado una reserva. Para efectuar la reserva es necesario entregar una señal en concepto de compromiso.

Si arrienda una embarcación sin Patrón es condición indispensable el depósito de una fianza en el momento de la firma del contrato, cuya cuantía, relativa al modelo arrendado, será devuelta al entregar dicha embarcación cumplidas las condiciones de uso .

El combustible consumido no esta incluido en la tarifa de precios indicada debiendo abonar en su caso la diferencia resultante.

Titulación

EMBARCACIÓN

TITULACIÓN

Hasta 6 m. de eslora. Potencia máxima 55 CV. Certificado de aptitud (Titulín).
Hasta 6 m. de eslora. Potencia adecuada. Patrón para Navegación Básica.
Hasta 12 m. de eslora. Potencia adecuada. Patrón Embarcaciones de Recreo.
Hasta 20 m. de eslora. Potencia adecuada. Patrón de Yate.
Sin límite alguno. Capitán de Yate.